Resumen del Artículo cuarenta y tres

Artículo cuarenta y tres del Estatuto de Autonomía para Cantabria (EACant) — Uno. La competencia de los órganos jurisdiccionales en Cantabria se extenderá: a) En el ámbito civil, penal y social a todas las instancias y grados, con la excepción de los recursos de casación y revisión. b) En el orden contencioso-administrativo y recursos que se deduzcan…

EACantVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuarenta y tres

Uno. La competencia de los órganos jurisdiccionales en Cantabria se extenderá:

a) En el ámbito civil, penal y social a todas las instancias y grados, con la excepción de los recursos de casación y revisión.

b) En el orden contencioso-administrativo y recursos que se deduzcan contra los actos y disposiciones de las Administraciones públicas en los términos que establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial.

c) A las cuestiones de competencia que se susciten entre los órganos jurisdiccionales de Cantabria.

Dos. En las restantes materias se podrá interponer, cuando proceda, ante el Tribunal Supremo, el recurso de casación o el que corresponda según las leyes del Estado y, en su caso, el de revisión. El Tribunal Supremo resolverá también las cuestiones de competencia entre los Tribunales de Cantabria y los del resto de España.

Norma publicada: 30 de diciembre de 1981

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuarenta y tres

¿Qué dice el Artículo cuarenta y tres del EACant?

Uno. La competencia de los órganos jurisdiccionales en Cantabria se extenderá: a) En el ámbito civil, penal y social a todas las instancias y grados, con la excepción de los recursos de casación y…

¿El Artículo cuarenta y tres del EACant está vigente?

El artículo cuarenta y tres del EACant está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuarenta y tres dentro del EACant?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuarenta y tres?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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